Aeronaves MD-82 estacionados en los
puentes del Aeropuerto Internacional de Las Américas Dr. José Francisco Peña
Gómez de Santo Domingo, R.D. Foto: Listin Diario.
De manera breve me refiero al muy difundido evento
acontecido a bordo del vuelo
regular 7N-755 de Pawa
Dominicana del pasado marte 21 de febrero, vuelo que debió retornar a una de las
posiciones de estacionamiento en el Aeropuerto Internacional de Las Américas
Dr. José Francisco Peña Gómez. El avión había iniciado su carrera de despegue, para cubrir la frecuencia regular de esa tarde hacia el Aeropuerto
Internacional Luis Muñoz Marín de San Juan Puerto Rico.
Youtube: evento acontecido abordo del vuelo 7N-755 de PAWA
Pero en su nota, PAWA indica además, que “Luego de concluidas las revisiones correspondientes,
algunos pasajeros externaron la determinación de no volver a abordar la aeronave,
lo que resultó que, al menos, dos de ellos perdieran la calma. “Previamente,
durante la carrera de despegue”, los mismos habrían incurrido en conductas
inadecuadas, “intentando
incluso abrir la puerta de la cabina de mando”,…. entiendo yo que eso es grave. De manera amplia, un acto de interferencia ilícita en aviación es un hecho o tentativa de acción, cuya intención es causar perjuicio a las personas o propiedades y que comprometen la seguridad de la aviación civil y del transporte aéreo.
En el caso de República Dominicana, el marco legal que regula este tipo de evento, es la Ley No.188-11 Sobre seguridad Aeroportuaria y de
Aviación Civil, del 22 de julio del 2011. El referido instrumento tipifica lo ocurrido a bordo del vuelo 7N-755 como “delito de
interferencia ilícita”. Por
esta razón, la tripulación de cabina se vio obligada a
intervenir para evitar la pérdida de control de la situación en la cabina de
pasajeros. Como
forma de instruir a los usuarios del transporte aéreo en nuestros aeropuertos.
El Capítulo 56 la Ley 188-11 la referida ley define, de manera categórica, lo que es un “pasajero perturbador y pasajero insubordinado. Un pasajero perturbador es un pasajero que no respeta las normas de conducta en un aeropuerto o a bordo de una aeronave o que no respeta las instrucciones del personal de aeropuerto “o de los miembros de la tripulación” y por consiguiente, perturba el orden y la disciplina en el aeropuerto o a bordo de la aeronave.
Del mismo modo, un “Pasajeros insubordinados” son personas que cometen a bordo de una aeronave civil, desde el momento en que se cierra la puerta de la aeronave antes del despegue hasta el momento en que se vuelve a abrir después del aterrizaje, un acto de: a) Agresión, intimidación, amenaza o acto temerario intencional que pone en peligro el orden o la seguridad de los bienes o las personas. b) Agresión, intimidación, amenaza o interferencia en el desempeño de las funciones de un miembro de la tripulación o que disminuye la capacidad de éste para desempeñar dichas funciones.
El Capítulo 56 la Ley 188-11 la referida ley define, de manera categórica, lo que es un “pasajero perturbador y pasajero insubordinado. Un pasajero perturbador es un pasajero que no respeta las normas de conducta en un aeropuerto o a bordo de una aeronave o que no respeta las instrucciones del personal de aeropuerto “o de los miembros de la tripulación” y por consiguiente, perturba el orden y la disciplina en el aeropuerto o a bordo de la aeronave.
Del mismo modo, un “Pasajeros insubordinados” son personas que cometen a bordo de una aeronave civil, desde el momento en que se cierra la puerta de la aeronave antes del despegue hasta el momento en que se vuelve a abrir después del aterrizaje, un acto de: a) Agresión, intimidación, amenaza o acto temerario intencional que pone en peligro el orden o la seguridad de los bienes o las personas. b) Agresión, intimidación, amenaza o interferencia en el desempeño de las funciones de un miembro de la tripulación o que disminuye la capacidad de éste para desempeñar dichas funciones.
Por lo
anterior, lo acontecido a bordo del vuelo 7N-755 la tarde del pasado marte 31 de
febrero, es un evento grave, por lo que el hecho amerita que se le preste la debida atención
como entiendo se habrá hecho, de forma que una situación como la que se presentó en cabina de un avión de Pawa, muy difundida en las redes sociales, no se repita en el futuro. Como un
ejercicio de simple compresión, solo habría que ver las repercusiones de una
situación de este tipo, si ocurre en un aeropuerto en territorio de los
Estados Unidos, donde el tema de las interferencias de este tipo son especialmente tratadas, como tuve la experiencia de de ver en una ocasión.
De manera objetiva, el evento acontecido a PAWA fue un incidente de aviación. Esto debido a que la aeronave abortó la maniobra de despegue por tema la "indicación" en uno de sus sistemas, sin ir más allá. Sin embargo, por la declaración de la empresa en relación a la interacción de pasajeros con la tripulación del vuelo e "intentando de abrir la puerta de la cabina de mando", adquiere característica propias de una interferencia ilícita, lo que es un hecho grave en aviación. Por lo tanto, en el referido evento hubo un incidente de aviación, pero además hubo interferencia ilícita, por supuesto, todo conforme a los publicado por la linea aérea.
De manera objetiva, el evento acontecido a PAWA fue un incidente de aviación. Esto debido a que la aeronave abortó la maniobra de despegue por tema la "indicación" en uno de sus sistemas, sin ir más allá. Sin embargo, por la declaración de la empresa en relación a la interacción de pasajeros con la tripulación del vuelo e "intentando de abrir la puerta de la cabina de mando", adquiere característica propias de una interferencia ilícita, lo que es un hecho grave en aviación. Por lo tanto, en el referido evento hubo un incidente de aviación, pero además hubo interferencia ilícita, por supuesto, todo conforme a los publicado por la linea aérea.
Tal y como referí
en una nota que publiqué hace algunas semanas , parece que algunas
preocupaciones están surgiendo en el público por algunos incidentes ocurridos
a aeronaves de Pawa Dominicana, eventos que están teniendo cierto impacto en
los medios y en el público que "siente" a PAWA como un proyecto suyo, por lo que dan seguimiento a cualquier cosa que ocurra con la empresa. Sin embargo, todos debemos
entender que en aviación las cosas son así. El quehacer aeronáutico es una actividad muy sonora....'¿no?.
Como párrafo final a esta nota entiendo que es de suma importancia destacar que en las comunicaciones dirigidas al público sobre eventos de aviación, es crucial hacerlo de manera oportuna y precisa. Para ello, quien o quienes elaboren la información deben conocer bien la situación o el evento que se presentó, y manejar "al dedillo" la secuencia de hechos relacionados con la situación que va a comunicar. Del mismo modo, es apropiado que maneje bien la terminología de la actividad aeronáutica. En todo caso, debe evitar términos ajenos a la situación o que puedan dar la impresión que la situación en cuestión es peor de lo que en realidad ha sido. En apariencia, este luce haber sido en este caso.
Como párrafo final a esta nota entiendo que es de suma importancia destacar que en las comunicaciones dirigidas al público sobre eventos de aviación, es crucial hacerlo de manera oportuna y precisa. Para ello, quien o quienes elaboren la información deben conocer bien la situación o el evento que se presentó, y manejar "al dedillo" la secuencia de hechos relacionados con la situación que va a comunicar. Del mismo modo, es apropiado que maneje bien la terminología de la actividad aeronáutica. En todo caso, debe evitar términos ajenos a la situación o que puedan dar la impresión que la situación en cuestión es peor de lo que en realidad ha sido. En apariencia, este luce haber sido en este caso.
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