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17 de marzo de 2017

Los drones; una amenaza real, Canadá endurece las reglas


 Un niño trata de operar un dron en su vencindario, lo que es una muestra de la magnitud de la proliferación  de los drones recreativos en todo el mundo. Foto Google


La operación de drones en el  ambiente de República  Dominicana es  cada vez más frecuente. Debido a ello resulta frecuente observar algunos de estos artefactos sobrevolando sobre sitios insospechados, siendo controlados por personas de variadas edades y de múltiples extractos económicos y sociales, quienes disfrutan plenamente de la actividad. Pero no es para menos, el vuelo en cualquiera de sus manifestaciones, ha sido una actividad de gran interés para el  hombre, por lo  que desde tiempos inmemoriales, el ser humano  intentó volar.

Sin embargo, a pesar de lo  atractivo y divertido que resulta operar u observar el vuelo de los drones, estos artefactos voladores controlados a distancia pueden convertirse en una verdadera amenaza real para la seguridad de la navegación área, debido a la probabilidad que tienen estos artilugios de  poner en riesgo a las operación de las  aeronaves que se desplazan en el espacio aéreo donde vuelan los drones, o bien, los posibles  daños que pueden causar éstos a personas o propiedades en áreas donde son operados. Por todo lo anterior, la preocupación por la incidencia de los drones  en la seguridad de la aviación va en aumento.

De acuerdo una publicación del medio noticioso CNN  norteamericano, los incidentes aéreos relacionados con  los drones en el año 2015 fueron 583 acercamientos, de los cuales 188 fueron encuentros  cercanos.  En 11 (once) de los casos, los aviones debieron ejecutar maniobras evasivas para no colisionar con el dron. 3 (tres) de cada 5 (cinco) incidentes ocurrieron a menos de 5 millas de los aeropuertos. Pero, el 91.9 % (por ciento) de los eventos  ocurrieron por encima de los 400 (cuatrocientos) pies, lo resulta  bastante  alto para los  drones recreativos.  De acuerdo a la FAA de Estado Unidos,  los incidentes relacionados con drones han  aumentado de manera drástica desde el mes de agosto del 2015 hasta enero del 2016, revelando que  el promedio de los  incidentes, producto de la operación de los drones recreativos,  es de 3.5 por día, mientras  que el año  2014, estos eventos  no llegaron a 1(uno) incidente por día.

La amenaza de los drones es real. El domingo 18 de abril del 2016,  BBC de Londres publicaba la ocurrencia de una colisión entre un dron y una aeronave del tipo A320 de la aerolínea British Airways, todo de acuerdo al reporte del piloto de la aeronave. El avión operaba un vuelo regular originado en Ginebra, Suiza y su  destino era Londres. El avión transportaba 132 pasajeros más la tripulación, y de acuerdo a lo informado,  el choque ocurrió cuando el avión se aproximaba a la Capital Inglesa. Por suerte el incidente no causó danos.

La presencia de drones en el ambiente de  República  Dominicana ha ido en aumento, siendo más frecuente el uso en fines recreativos, en asuntos relacionados con trabajos fotográficos y en transmisiones televisivas. En el caso de República  Dominicana, la operación de drones está reguladas por la Resolución 008-2015, del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC),  "Regulación sobre el uso y operación de los sistemas de aeronaves piloteadas a distancia o drones sobre el territorio nacional". Debido a la amenaza de los drones para la seguridad de la aviación, Canadá acaba de  endurecer sus regulaciones en relación a los artefactos recreativos. De  acuerdo a una publicación del medio  CBC News, de esta semana, Canadá ha impuesto mayores restricciones a la operación de los muy populares drones. Estas  restricciones están dirigidas a  donde, como y cuando se pueden volar estos artefactos.

La nueva regulación tiene efecto inmediato y refiere que los usuarios de drones recreacionales,  pueden encarar multas de  hasta 3,000 dólares canadienses, si un dron de más de 250 gramos (aproximadamente media libra) es capturado operando vuelos bajo la siguientes condiciones: a) Más alto de 90 metros. (Aproximadamente 270 pie del suelo), b) Dentro (a una distancia menor)  de 75 metros de una edificación, vehículo, persona o animal, en las noches, entre nubes o sitio donde el operador no pueda ver el dron. c) A menos de 9 kilómetros del sitio  de donde puedan despegar o aterrizar aeronaves. d) Que el dron no tenga el nombre, dirección y teléfono del propietario escrita en algún sitio del artefacto.





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